REGULAMENTOS LOCAIS: Y PROCEDIMENTOS DE ATENUAÇÃO DE RUÍDO: PROCEDIMIENTOS DE ATENUACIÓN DEL RUIDO / NOISE ABATEMENT PROCEDURES
Los procedimientos de atenuación de ruido son de cumplimiento obligatorio para todas las aeronaves, tanto en VMC como en IMC, excepto en situaciones de emergencia o cuando existan condiciones operacionales adversas. Se consideran condiciones operacionales adversas, entre otras, las siguientes:
a) Cuando la pista no está despejada o seca, es decir, cuando esté adversamente afectada por nieve fundente, hielo, agua, Iodo, caucho, aceite u otras sustancias.
b) Para el aterrizaje, cuando el techo de nubes se encuentra a una altura inferior a 500 ft por encima de la elevación del aeródromo, o para el despegue o aterrizaje cuando la visibilidad horizontal es inferior a 1.9 km;
c) Cuando la componente transversal del viento, incluyendo los efectos de las ráfagas, excede de 28 km/h (15 kt).
d) Cuando la componente de cola del viento, incluyendo los efectos de las ráfagas, excede de 9 km/h (5 kt); y
e) Cuando se ha notificado o pronosticado gradiente del viento o cuando se prevean tormentas que afecten la aproximación o la salida.
Horario Restringido por Ruido:
Todas las operaciones realizadas entre las 03:30 y 08:30 UTC, están sujetas al cumplimiento de los procedimientos vigentes de atenuación de ruido y la utilización de aeronaves certificadas como Capítulo 3 en cuanto al nivel de ruido, excepto los vuelos sanitarios y de aeronaves públicas.
Requisitos para operar entre las 03:30 y 08:30 UTC:
Los explotadores de aeronaves que prevean operar dentro del horario restringido por ruido, presentarán por única vez, una copia del Certificado de Homologación en cuanto al Ruido extendido por la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad de cada aeronave cuya operación se prevea en el horario de 03:30 a 08:30 UTC, a la Jefatura de Aeroparque Jorge Newbery, dicha copia debidamente autenticada por autoridad aeronáutica competente, quedará en poder de la mencionada jefatura. Una segunda copia de este certificado se llevará a bordo de la aeronave para el caso que sea requerida en la oficina ARO de otros aeródromos de despegue, previamente a la aceptación del plan de vuelo.
Despegues desde pista 31:
a) Con empuje de despegue y la velocidad que corresponda a cada aeronave (V2 + 10 kt, V2 + 15, etc.) alcanzar 800 ft de altitud.
b) A partir de 800 ft Utilizar empuje de ascenso y comenzar la retracción de flaps.
Despegues desde pista 13:
a) Con empuje de despegue y la velocidad que corresponda a cada aeronave (V2 + 10 kt, V2 + 15, etc.) alcanzar 800 ft de altitud.
b) A partir de 800 ft utilizar empuje de ascenso y comenzar la retracción de flaps.
Aproximaciones entre las 03:30 y 08:30 UTC.
1º) Con visibilidad de 8 km o más, techo de 2.600 ft o más y referencia visual constante con la superficie terrestre, se realizará la aproximación visual de acuerdo con lo siguiente:
a) Aproximación visual para pista 13: Alcanzar sobre VOR FDO 2.500 ft, continuar por el radial 095 VOR FDO hasta 4 NM DME FDO descendiendo a 2.000 ft, virar por derecha siguiendo sobre el Río de la Plata paralelo a la costa, posteriormente incorporarse a final sobre la avenida General Paz. (Ver Gráfico en AD 2.15).
b) Aproximación visual para pista 31: Alcanzar sobre VOR FDO 2.500 ft, continuar por el radial 095 VOR FDO hasta 4 NM DME FDO descendiendo a 2.000 ft, virar por derecha hacia rumbo 130º, manteniendo el mismo hasta su incorporación al circuito de tránsito de pista 31 (ver Gráfico en AD 2.15).
c) Aproximación visual para pistas 13 y 31 llegando desde el sur: Las trayectorias se efectuarán sobre el Río de la Plata, paralelas a la costa y siguiendo las instrucciones del Control.
2º) De no cumplirse alguna de las condiciones requeridas en el inciso 1º) anterior, cumplirán los procedimientos de aproximación por instrumentos IAC vigentes.
Aterrizajes entre las entre las 03:30 y 08:30 UTC:
No se utilizarán los reversores de empuje siempre que con ello sea posible la realización de una operación segura.
A continuación, esta sección se encuentra traducida al idioma inglés. / This section is translated below into English
Noise abatement procedures are mandatory for all aircraft, both in VMC and IMC, except in emergency situations or when adverse operational conditions exist. Adverse operational conditions include, but are not limited to, the following:
a) When the runway is not clear or dry, i.e., when it is adversely affected by melting snow, ice, water, iodine, rubber, oil or other substances.
b) For landing, when the cloud ceiling is less than 500 ft above the aerodrome elevation, or for takeoff or landing when the horizontal visibility is less than 1,9 km;
c) When the crosswind component, including the effects of gusts, exceeds 28 km/h (15 kt).
d) When the tail component of the wind, including the effects of gusts, exceeds 9 km/h (5 kt); and
e) When wind gradient has been reported or forecast or when thunderstorms are forecast to affect the approach or departure.
Noise Restricted Hours:
All operations conducted between 03:30 and 08:30 UTC, are subject to compliance with current noise abatement procedures and the use of Chapter 3 noise certified aircraft, except for sanitary and public aircraft flights.
Requirements for operating between 03:30 and 08:30 UTC:
Aircraft operators who plan to operate within the noise restricted hours, shall submit, only once, a copy of the Noise Approval Certificate issued by the National Directorate of Airworthiness of each aircraft whose operation is foreseen between 03:30 and 08:30 UTC, to the Aeroparque Jorge Newbery Headquarters, said copy duly authenticated by competent aeronautical authority, shall remain in the possession of the aforementioned headquarters. A second copy of this certificate shall be carried on board the aircraft in case it is required at the ARO office of other take-off aerodromes, prior to the acceptance of the flight plan.
Takeoffs from runway 31:
a) With takeoff thrust and the speed corresponding to each aircraft (V2 + 10 kt, V2 + 15, etc.) reach 800 ft altitude.
b) From 800 ft on, use climb thrust and start flap retraction.
Takeoffs from runway 13:
a) With takeoff thrust and the speed corresponding to each aircraft (V2 + 10 kt, V2 + 15, etc.) reach 800 ft altitude.
b) From 800 ft on, use climb thrust and start flap retraction.
Approaches between 03:30 and 08:30 UTC.
1°) With visibility of 8 km or more, ceiling of 2,600 ft or more and constant visual reference with the ground surface, the visual approach shall be performed according to the following:
a) Visual approach for runway 13: Reach over FDO VOR 2,500 ft, continue along radial 095 FDO VOR to 4 NM FDO DME descending to 2,000 ft, turn right following over the Rio de la Plata parallel to the coast, then merge to final over General Paz Ave (see graphic in AD 2.15).
b) Visual approach for runway 31: Reach over FDO VOR 2,500 ft, continue along radial 095 FDO VOR to 4 NM FDO DME descending to 2,000 ft, turn right to heading 130º, maintaining the same until joining the runway 31 transit circuit (see graphic in AD 2.15).
c) Visual approach for runways 13 and 31 arriving from the south: The paths shall be made over the Rio de la Plata, parallel to the coast and following the Control's instructions.
2º) If any of the conditions required in paragraph 1) above are not fulfilled the current IAC instrument approach procedures shall be complied with.
Landings between 03:30 and 08:30 UTC:
Thrust reversers shall not be used as long as a safe operation is possible.
PROCEDIMENTOS DE VOO: PROCEDIMIENTOS DE VUELO / FLIGHT PROCEDURES
DESCARGA RÁPIDA DE COMBUSTIBLE
La descarga rápida de combustible en vuelo se realizará en el área especificada en el documento AIP Vol. I, parte ENR 2 TMA BAIRES columna observaciones. La coordinación para utilizar esta área queda bajo jurisdicción del control del TMA BAIRES. El control no autorizará el cruce del área por aeronaves cuyo nivel de vuelo sea inferior al FL 095 hasta que el piloto informe la finalización del operativo.
VUELOS IFR O VFR CONTROLADOS CON DESTINO A COLONIA POR EL CORREDOR SURBO
Los vuelos se desarrollarán entre 2.000 ft y FL 40. La aeronave recibirá el permiso de tránsito de AEROPARQUE APROXIMACIÓN hasta la posición SURBO. Entre AEROPARQUE Y SURBO la aeronave podrá estar en comunicación con AEROPARQUE APROXIMACIÓN o BAIRES CONTROL, según instrucciones recibidas. A partir de la posición SURBO, la aeronave se comunicará con el ACC MONTEVIDEO o COLONIA TORRE, según se le instruya. En caso que la aeronave alcance la posición SURBO y no haya establecido comunicación con el ACC MONTEVIDEO o COLONIA TORRE, deberá:
En condiciones Meteorológicas Visuales (VMC):
a) Diurno: cancelar Plan de vuelo IFR, continuando según las reglas de Vuelo Visual.
b) Nocturno: Comunicarse con BAIRES Control quien le instruirá para su regreso al aeródromo de salida o su encaminamiento al aeródromo de alternativa.
En Condiciones Meteorológicas instrumentales (IMC):
a) Diurno o Nocturno: Comunicarse con BAIRES Control quien le instruirá para su regreso al aeródromo de salida o su encaminamiento al aeródromo de alternativa.
VUELOS IFR O VFR CONTROLADOS PROCEDENTES DEL AERÓDROMO COLONIA POR EL CORREDOR SURBO
Los vuelos se desarrollarán entre 2.000 ft y FL 040. La aeronave solicitará el permiso de tránsito a Colonia Torre. Dicho permiso se extenderá a partir de la posición SURBO e incluirá la siguiente información:
1º) Hora prevista de aproximación
2º) Código SSR asignado
3º) Altitud o nivel de vuelo (FL)
4º) Dependencia ATS y frecuencia con la que deberá comunicarse en SURBO.
VUELOS HACIA AERÓDROMOS UBICADOS EN LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, EXCEPTO EL AERÓDROMO COLONIA
ENCAMINAMIENTO DEL TRANSITO AEREO VFR
El tránsito aéreo con plan de vuelo VFR con destino a un aeródromo ubicado en la República Oriental del Uruguay, excepto el aeródromo Colonia, y que tenga la categoría de VFR controlado, será autorizado por BAIRES Control a abandonar el TMA por el punto de notificación SURBO con FL 50 o superior. Dicho tránsito recibirá en SURBO instrucciones de comunicarse con el ACC Montevideo y ascender o descender a un nivel de vuelo VFR acorde con la aplicación de la Tabla de Niveles de Crucero.
OPERACIONES VFR PARA AVIONES
NOTA: Dentro de la Zona de Control (CTR) Aeroparque Jorge Newbery las operaciones VFR se ajustarán a las disposiciones para el vuelo VFR controlado, cumpliendo con todos los procedimientos prescriptos para las operaciones controladas, excepto en los espacios aéreos donde se hayan dispuesto otros procedimientos y limitaciones particulares.
CIRCUITOS CIRCULARES PARA ESPERA EN VMC
SECTOR NORTE:
CIRCUITOS PARA USO PERMANENTE:
CIRCUITO SAN FERNANDO: Ubicado sobre la vertical VOR/DME FDO, giros a la izquierda, altitud mínima 2.000 ft, diámetro del circuito 5.000 m.
CIRCUITO DELTA: Ubicado sobre la desembocadura del Río San Antonio en el Río de la Plata, giros a la izquierda, altitud mínima 2.000 ft, diámetro del circuito 3.000 m.
CIRCUITO NORTE: Ubicado sobre la costa próxima a la localidad de San Isidro, giros a la izquierda, altitud mínima 2.000 ft, diámetro del circuito 3.000 m.
CIRCUITO PARA USO EVENTUAL:
CIRCUITO L/” P”: Ubicado a 90 del radiofaro “P” sobre el río, giros a la izquierda, diámetro del circuito 3.000 m.
SECTOR SUR:
CIRCUITOS PARA USO PERMANENTE
CIRCUITO SUR: Ubicado sobre el río en cruce de radial FDO 130 con QDM 225 ILM, giros a la derecha altitud mínima 1.500 ft, diámetro 5.000 m.
CIRCUITO QUILMES: Ubicado sobre el NDB/Aeródromo de Quilmes giros a la derecha, altitud mínima 1.500 ft, diámetro del circuito 3.000 m.
CIRCUITO PARA USO EVENTUAL:
CIRCUITO L/ PTO. NUEVO: Ubicado sobre el Río de la Plata a 90 de Puerto Nuevo, giros a la derecha, diámetro del circuito 3.000 m.
CIRCUITO PARA USO CON EVENTUAL FALLA DE COMUNICACIONES:
CIRCUITO L/TORRE: Este circuito podrá ser utilizado solamente por aeronaves que habiendo estado ya en contacto radial con la Torre de Control Aeroparque, queden eventualmente sin medios de comunicación y está ubicado lateral a la Torre de Control sobre el río, tipo hipódromo, virajes de acuerdo al tránsito en desarrollo y pista en uso, tiempo de alejamiento un minuto, la trayectoria más cercana a la costa debe encontrarse a 500 m de la misma, altitud mínima y única 500 ft.
AERONAVES QUE SE DIRIJAN AL AEROPARQUE JORGE NEWBERY
a) Las aeronaves que en su primer contacto radial reciban la autorización de ingresar a la CTR y que posteriormente queden sin comunicación, deberán efectuar el siguiente procedimiento: Abandonar su posición despejando la zona de procedimiento VFR hacia el Río de la Plata, descendiendo hasta los 500 ft para incorporarse con esa altitud al circuito de espera Lateral Torre, para recibir instrucciones mediante señales luminosas.
b) Las aeronaves que hayan ingresado a la CTR y que hubieran establecido por lo menos una comunicación con la TWR Aeroparque descenderán hasta 500 ft y se dirigirán directamente al circuito de espera Lateral Torre, a menos que en la última comunicación con dicho control recibieran autorización para aterrizar.
SOBREVUELOS DE LA ZONA DE CONTROL (CTR) POR AERONAVES CON DESTINO A OTRO AERÓDROMO
a) Toda aeronave que necesariamente tenga que sobrevolar la CTR, deberá mantener contacto radial con la Torre de Control, quedando prohibido todo ingreso al área sin comunicación previa con dicha dependencia.
b) En caso que una aeronave haya ingresado a la CTR con enlace normal y posteriormente pierda toda comunicación, deberá despejar la zona de procedimientos, descender hasta 500